VEHÍCULOS
ACSACAR Colectivo
Protección para todos
Elige la cobertura más amplia para tu empresa o familia con nuestro seguro para vehículos colectivo, diseñado para flotas de 5 o más vehículos.
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ACSACAR
Colectivo
Protección para todos
Elige la cobertura más amplia para tu empresa o familia con nuestro seguro para vehículos colectivo, diseñado para flotas de 5 o más vehículos.
¿Qué cubre el seguro?
Indemnización por daños a los vehículos asegurados, en caso de choque o colisión.
Cobertura en caso de robo y hurto.
Responsabilidad civil por daños a terceros.
Incluye gastos médicos para vehículos clase A y B.
Cobertura por riesgos de la naturaleza o actos terroristas.
Indemnización por daños a los vehículos asegurados, en caso de choque o colisión.
Responsabilidad civil por daños a terceros.
Cobertura por riesgos de la naturaleza o actos terroristas.
Cobertura en caso de robo y hurto.
Incluye gastos médicos para vehículos clase A y B.
¿Qué no me cubre el seguro?
- Daños si el vehículo se encuentra en arrendamiento a un tercero.
- Robo o hurto de herramientas, llanta de repuesto u otros accesorios.
- Desgaste o depreciación del vehículo o de sus partes.
- Los daños que causen al vehículo asegurado los objetos transportados o con motivo de su carga o descarga.
¿Por qué contratar ACSA?
- Cobertura más amplia: cubrimos más riesgos y situaciones que pueden afectar los vehículos.
- Mejor servicio al cliente, rápida, eficiente y personalizada en caso de cualquier siniestro o consulta.
¿Por qué contratar ACSA?
- Cobertura más amplia: cubrimos más riesgos y situaciones que pueden afectar los vehículos.
- Mejor servicio al cliente, rápida, eficiente y personalizada en caso de cualquier siniestro o consulta.
¿Como puedo ahorrar?
- Brinda cobertura a más de 5 vehículos a un excelente precio.
- Obtén tu seguro rápido y sin complicaciones
Más productos de ACSA
- Los productos a los que se hace referencia en este sitio web pueden estar sujetos a modificaciones de conformidad al plan que escoja el contratante, las condiciones de cada plan se le enviarán vía digital previo a su aceptación.
- Para todos los efectos legales y propósitos contractuales, la aceptación otorgada por medios digitales se considera haberlo sido por escrito. Las partes acuerdan que al dar su consentimiento por dicho conducto, el aceptante ha leído toda la información proporcionada por la aseguradora por este o cualquier otro medio físico o digital; y en virtud de lo anterior, es su voluntad contraer obligaciones de carácter contractual con la compañía.